Para adquirir la condición de socio se requiere ser persona física o jurídica, y estar interesada en los fines de la Asociación. Las personas físicas deben ser mayores de edad y no estar sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho de asociación. Las personas jurídicas de naturaleza asociativa requerirán el acuerdo expreso de su órgano competente, y las de naturaleza institucional, el acuerdo de su órgano rector.
La solicitud para adquirir la condición de socio debe aceptarse por la Junta Directiva, dando cuenta a la Asamblea General.
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